Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
PODER LEGISLATIVO
Política de Uso Aceptable de Internet
1- Introducción
Internet constituye la herramienta más poderosa para el acceso y la transmisión
de
información. Es el medio de mayor alcance que puede utilizar cualquier entidad
(pública o
privada) para difundir información acerca de sus actividades y programas,
resultando de
utilidad en muchas de las tareas profesionales que en ella se desarrollen.
El Poder Legislativo de Tierra del Fuego promueve el uso de Internet para que
los
empleados realicen trabajos específicos a su función y alienta a los agentes,
funcionarios y
personal contratado a desarrollar habilidades y conocimiento en el uso de
Internet.
Este documento delinea la Política de Uso Aceptable de Internet por parte de los
agentes y funcionarios del Poder Legislativo de Tierra del Fuego, cuando
utilicen
equipamiento, software, direcciones de Internet o nombres de dominio del Poder
Legislativo.
2- Objeto
Esta política se aplica solamente al acceso a Internet, cualquiera sea el
horario en que
se efectúe. No cubre los requerimientos, estándares y procedimientos para el
desarrollo e
implementación de sitios de información en Internet pertenecientes al Poder
Legislativo.
3- Sujetos
Esta política alcanza a los siguientes usuarios de Internet:
Agentes y funcionarios de planta permanente del Poder Legislativo.
Personal contratado que esté autorizado a usar equipos y/o software del Poder
Legislativo.
4- Reglas generales
Los sistemas de computación del Poder Legislativo son para uso oficial y no para
uso
particular.
Los agentes y funcionarios deberán utilizar Internet para mejorar su
conocimiento del
trabajo; para acceder a información científica, técnica, o toda otra relativa a
temas que
tengan relevancia para el Poder Legislativo, comunicándose para ello con otras
Organizaciones Públicas, Instituciones Académicas y con el Sector Privado en
general.
Los usuarios deben tomar conocimiento que la utilización de direcciones de
correo
electrónico, direcciones IP y nombres de dominio pertenecientes al Poder
Legislativo es
considerada como hecha en su representación, salvo que expresamente se mencione
que la
opinión vertida lo es a título personal. Es indispensable que no se utilice
Internet para
propósitos que puedan influir negativamente en la imagen del Poder Legislativo o
de sus
autoridades y agentes.
5- Derechos de los usuarios
Los usuarios pueden realizar las siguientes actividades:
a) Durante el horario laboral:
Acceder a información relacionada con su función.
Utilizar el correo electrónico, participar en sesiones de chat y listas de
discusión, siempre que estas sesiones estén habilitadas y tengan relación
directa con la función del agente en el Poder Legislativo. Si se expresan
opiniones personales, debe aclararse que esa no es la posición oficial del
Poder Legislativo.
b) Fuera del horario laboral:
Transferir información de texto o gráficos, aun cuando no tengan relación
con el trabajo y siempre que tengan autorización de sus superiores, con el fin
de desarrollar o mejorar sus habilidades en el uso de Internet, teniendo en
cuenta que el Poder Legislativo paga un valor fijo por el acceso a Internet (lo
que se denomina "tarifa plana"). Se espera que el empleado utilice estas
habilidades para cumplir con mayor eficiencia sus asignaciones de trabajo,
aumentando sus conocimientos y destrezas en la búsqueda de información.
Este proceso de aprendizaje incentivará que los empleados se alienten y
capaciten unos a otros a explorar Internet.
6- Prohibiciones
No se permiten los siguientes usos de Internet, utilizando equipamiento del
Poder
Legislativo, durante el horario laboral o fuera del mismo:
a) Acceder, recuperar, o imprimir textos o gráficos que excedan los límites de
los
estándares generalmente aceptados de ética y buen gusto.
b) Almacenar en discos rígidos de PC locales, o sobre servidores de archivos de
redes
(LAN) los archivos personales obtenidos vía Internet.
c) Bajar de Internet archivos de video o voz, a no ser que se utilicen para una
función
determinada del Poder Legislativo. Esta limitación se debe al considerable
espacioura de almacenamiento que ocupan dichos archivos.
d) Realizar cualquier actividad ilegal o contraria a los intereses del Poder
Legislativo,
tal como publicar información reservada, acceder sin autorización a recursos o
archivos o impedir el acceso a otros usuarios mediante el mal uso deliberado de
recursos comunes.
e) Efectuar cualquier actividad comercial personal en Internet, ya sea la
compra,
venta u oferta de servicios o mercaderías, salvo que la misma tenga relación
directa con su función específica dentro del Poder Legislativo.
f) Iniciar cualquier actividad que pueda comprometer la seguridad de los
servidores
del Poder Legislativo.
g) Dar a conocer sus contraseñas de acceso o compartirlas con otros usuarios.
h) Realizar cualquier actividad de recaudación de fondos o de "lobby".
i) Realizar cualquier actividad de recreación personal o de promoción de
intereses
personales (tales como creencias religiosas, hobbies, juegos, etc.).
j) Iniciar sesiones de Internet usando recursos de información del Poder
Legislativo
desde ubicaciones remotas, salvo que estén especialmente autorizados para ello.
k) Descargar desde Internet y/o instalar software (programas informáticos) sin
contar
con la Licencias de uso respectiva y especialmente en aquellos que, aún siendo
su
licencia GNU, Shareware o Freeware, permitan el acceso desde Internet.
7- Responsabilidades de los Superiores
Los superiores de los agentes y del personal contratado tendrán las siguientes
responsabilidades:
a) Evaluar la necesidad de los agentes de acceder a Internet para cumplir con
sus
funciones.
b) Obtener acceso a Internet para los agentes que lo necesiten en razón de sus
funciones.
c) Autorizar el acceso a Internet para los agentes fuera del horario laboral.
d) Difundir entre el personal las restricciones en el uso personal de los
recursos con
los que cuenta el Poder Legislativo para acceder a los servicios de Internet.
e) Asegurar que el personal conoce la Política de Uso Aceptable y llamar su
atención
cuando tome conocimiento de su falta de cumplimiento.
f) Poner en conocimiento del personal las consecuencias derivadas del
incumplimiento de la Política de Uso Aceptable y las sanciones que les caben a
los
responsables (desde la prohibición de acceso a Internet hasta el inicio de
acciones
administrativas y/o judiciales).
8- Responsabilidades de los Usuarios
El uso de los equipos de computación y del acceso a Internet para cumplir
responsabilidades relacionadas con la función siempre tendrá prioridad sobre el
uso
personal. Para evitar problemas de falta de recursos y garantizar la seguridad
física y lógica
de los mismos, los usuarios de Internet tendrán las siguientes
responsabilidades:
a) Conocer y aplicar lo establecido en la Política de Uso Aceptable.
b) Seguir las políticas y procedimientos de seguridad existentes para el uso de
los
servicios de Internet y evitar toda práctica que pueda dañar los sistemas de
computación y archivos de datos del Poder Legislativo, como por ejemplo, ataque
de virus cuando se recuperen archivos de Internet.
c) Limitar sus comunicaciones con terceros a los temas respecto de los cuales
tienen
conocimiento y responsabilidad profesional.
d) Identificarse adecuadamente en toda comunicación con terceros, indicando su
nombre, dirección electrónica y Poder Legislativo al que pertenecen.
e) Familiarizarse con todo requerimiento especial para proteger y acceder a
datos,
incluyendo material protegido por la Ley de Derecho de Autor, o en lo que hace a
la privacidad de sus propios datos.
f) Tomar conciencia que están actuando en representación del Poder Legislativo
cuando se utilizan recursos de Internet de su propiedad para comunicarse con
terceros. En ningún caso se considerará que lo hacen a título personal, salvo
que
así lo manifestaran expresamente.
g) Conducirse de forma que refleje positivamente la imagen del Poder
Legislativo, ya
que están identificados como empleados del mismo, incluso aunque estén
utilizando Internet por razones personales.
h) Capacitarse sobre las costumbres y cortesía en el uso apropiado de Internet
("netiquette")1, incluyendo los procedimientos e indicaciones a seguir cuando se
usen servicios de computadoras remotas y cuando se transfieran archivos de otras
computadoras.
El personal que utilice equipos del Poder Legislativo para acceder a Internet
está
sujeto a ser monitoreado en sus actividades por parte del personal de sistemas o
de
seguridad. El simple uso de los servicios de Internet implica el consentimiento
a este
monitoreo de seguridad, debiendo los empleados tener en cuenta que la mayoría de
las
sesiones de Internet no son privadas.
9- Correo electrónico
La utilización del correo electrónico como medio de transmisión de información
por
parte de los agentes y funcionarios del Poder Legislativo de Tierra del Fuego
debe
favorecerse, teniendo en cuenta sus notorias ventajas sobre los medios
tradicionales
(economía, rapidez, eficiencia y confiabilidad).
El uso del correo electrónico resulta el más apropiado cuando el usuario:
No tiene urgencias en recibir una respuesta.
Desea enviar el mensaje a más de un receptor.
Necesita información específica sobre determinados temas.
Necesita dejar evidencia escrita respecto de los mensajes transmitidos.
Sin embargo, sus características también exigen un comportamiento responsable
por
parte de los usuarios, con el fin de convertirlo en un sistema ágil y seguro.
Debe destacarse que ningún correo electrónico constituye una comunicación
privada si
no se utilizan herramientas seguras ( por ejemplo, la criptografía). Un mensaje
enviado por
un agente o funcionario de un Poder Legislativo puede ser leído, copiado o
retransmitido por
quien lo haya recibido, con el agravante que habitualmente contiene suficiente
información
para identificar al agente o funcionario, al Poder Legislativo y/o a la estación
de trabajo
desde donde se lo envió Por lo tanto, resulta imperioso que los agentes y
funcionarios tomen
una serie de recaudos cuando utilicen este medio de comunicación.
En general, los usuarios del sistema de correo electrónico deben:
a) Utilizar el sistema de correo electrónico exclusivamente para fines relativos
a su
función, limitando la transmisión de mensajes personales.
b) Tomar conciencia que son absolutos responsables de todo mensaje que envíen y
reciban utilizando los recursos del Poder Legislativo. Estos deben ser
explícitos y
concisos, escritos en un tono amable y utilizando un lenguaje adecuado, que no
exceda los límites del buen gusto.
c) Identificar todo mensaje enviado con su nombre, función y Poder Legislativo
al
que representan.
d) Evitar transmitir o almacenar información considerada confidencial. Solamente
podrá transmitirse si se utiliza un medio de encriptación seguro.
e) Evitar en todos los casos la divulgación de sus claves o passwords
personales.
f) Verificar diariamente sus casillas electrónicas, evitando la acumulación de
mensajes en ellas.
g) Tener en cuenta que al utilizar las direcciones de correo electrónico del
Poder
Legislativo están actuando en su representación. Si las opiniones que expresan
son
a título personal, deben aclarar que esa no es la posición oficial del Poder
Legislativo.
10- Responsabilidad del Administrador de correo electrónico y acceso a Internet
El Administrador de correo electrónico del Poder Legislativo no podrá, bajo
ninguna
circunstancia, divulgar o alterar mensajes que no estén dirigidos
específicamente a su
dirección.
Deberá proveer los medios para que sea devuelto a su emisor todo mensaje
recibido
que no pueda ser transferido a su destinatario (por ejemplo, un mensaje con
dirección
errónea).
Además, deberá arbitrar medidas para borrar el cuerpo principal de todo mensaje
fallido (es decir, que no pueda ser entregado, cualquiera sea la causa) para
luego devolverlo
al emisor.)
El Administrador del acceso a Internet de la Cámara deberá arbitrar los medios
para
impedir el acceso a aquellos sitios de Internet ajenos a la tarea Legislativa.
El Administrador del acceso a Internet deberá impedir el uso de software no
autorizado
para compartir música y películas en Internet, acceso a radio y televisión, etc,
mediante el
bloqueo de los puertos correspondientes.