PODER
EJECUTIVO PROVINCIAL: AUTORIZACION A TOMAR UN CREDITO MEDIANTE GESTION DEL
BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO.
Sanción: 30 de Septiembre de 1996.
Promulgación: 01/10/96. D.P. Nº
2185.
Publicación: B.O.P. 04/10/96.
Artículo
1º.-
Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a tomar un crédito de hasta la suma de
PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000.-) en instituciones financieras nacionales
o extranjeras, el que deberá realizarse mediante la gestión del Banco de la
Provincia de Tierra del Fuego, en su carácter de agente financiero.
Artículo
2º.-
Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a garantizar el crédito autorizado en
el artículo anterior mediante la cesión en garantía de la coparticipación
federal que le corresponde recibir a la Provincia.
Artículo
3º.-
Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de haberse recepcionado los fondos
provenientes de la operación crediticia autorizada en virtud de lo previsto en
el artículo 1º de la presente, deberá cancelarse el saldo de capital adeudado
por los dos (2) préstamos convenidos con el Banco de Crédito Argentino S.A.
mediante la gestión del Banco de la Provincia de Tierra del Fuego en su
carácter de agente financiero, cada uno de ellos por un monto original de PESOS
QUINCE MILLONES ($ 15.000.000.-), conforme la autorización conferida por Ley
Provincial Nº 250.
Artículo
4º.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.